El Real Decreto 1054/2022, cuya modificación ya ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), preveía que el empleo del cuaderno digital comenzara a ser obligatorio a partir del 1 de septiembre de 2024, con una entrada en vigor escalonada, y dejaba exentas a determinadas explotaciones por su pequeño tamaño.
Sin embargo, en aplicación de las medidas comprometidas por el Gobierno en respuesta a las movilizaciones de agricultores y ganaderos de los primeros meses de 2024, se ha modificado la norma para cambiar el enfoque en lo relativo al cuaderno digital de explotación. Su uso pasa a ser voluntario de manera temporal, hasta el próximo periodo de programación del Plan Estratégico de la Política Agraria Común (PAC), a partir de 2027.
De este modo, los agricultores que, conforme a la normativa de productos fitosanitarios, fertilizantes o intervenciones de la PAC, deban cumplimentar un cuaderno de explotación, podrán elegir si prefieren que éste sea mediante la utilización de medios electrónicos o en soporte de papel.
Esta modificación tiene implicación en otras normas conexas relativas al uso sostenible de productos fitosanitarios, y en concreto en el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, y el Real Decreto 9/2015, de 16 de enero.
La entrada en vigor de la voluntariedad del uso del cuaderno digital se hace de manera retroactiva a 1 de julio de 2023, para evitar algún tipo de perjuicio a los agricultores que pudiera derivarse del retraso de la publicación de la norma.
Una medida demandada por las organizaciones agrarias
Unión de Uniones de Agricultores y Ganaderos incide en que este cambio fue una de las reivindicaciones de la organización en las manifestaciones del primer semestre del año pasado, quedando reflejada en el acuerdo suscrito con el MAPA en abril del 2024.
En este sentido, explica la organización, los cambios introducidos reducen la carga administrativa, especialmente para explotaciones pequeñas y medianas. Del mismo modo, permitir el formato en papel facilita la adaptación para quienes enfrentan barreras tecnológicas y se eliminan los costes asociados a la digitalización obligatoria para explotaciones que no lo requieran por normativa específica.
Unión de Uniones añade que, al haber incorporado un enfoque sectorial, se ha conseguido que la normativa sea mucho más coherente, exigiendo solo el CUE cuando es necesario por cumplir con objetivos específicos y estratégicos.
“Creemos que se trata de una buena noticia. Eran muchos los agricultores y ganaderos que no acababan de ver esta herramienta y que les suponía un coste importante en muchos sentidos”, explica Luis Cortés, coordinador estatal de Unión de Uniones. “Seguimos trabajando en la mejora del sector y en el cumplimiento de las 43 medidas”, añade.
Registro electrónico de tratamientos fitosanitarios
Por su parte, la Asociación Valenciana de Agricultores (AVA-ASAJA) considera esta modificación “uno de los logros más importantes que arrancaron las organizaciones agrarias al ministro Luis Planas en un escenario de movilizaciones del pasado año”.
Sin embargo, la asociación critica de forma rotunda que se mantenga la obligatoriedad a partir de 2026 de registrar electrónicamente los tratamientos fitosanitarios para todos los agricultores. AVA-ASAJA asegura que se trata de una imposición para la que el sector no está preparado, la misma causa que ha motivado la voluntariedad del cuaderno digital.
En concreto, en aplicación del Reglamento de Ejecución (UE) 2023/564 de la Comisión, de 10 de marzo de 2023, la nueva normativa estipula a partir de su entrada en vigor el 1 de enero de 2026 la obligación del registro electrónico de los tratamientos fitosanitarios para los operadores del ámbito agrario y no agrario. En el caso de los agricultores, será obligatorio para todos aquellos que tengan el carné de usuario profesional de productos fitosanitarios, tanto el nivel básico como el cualificado. Por ello, la organización agraria insta a Planas a presionar en la Unión Europea para que este reglamento comunitario sea acorde en el tiempo de vigencia y en las excepciones adoptadas para el cuaderno digital.