El acuerdo permite a la presidencia del Consejo iniciar las negociaciones con el Parlamento Europeo de cara al texto definitivo del reglamento, que deberá ser adoptado formalmente tanto por el Consejo como por la Eurocámara para que pueda entrar finalmente en vigor.
Desde el Consejo de la UE señalan que la propuesta de legislación pretende impulsar la innovación y la sostenibilidad en el sector agroalimentario y adaptar la norma a los avances tecnológicos de las últimas décadas.
La propuesta publicada por la Comisión Europea contempla dos posibilidades distintas de comercialización para las plantas NTG. Por un lado, las plantas de categoría 1, que pueden ser producidas de forma natural o mediante métodos de cultivos convencionales; quedarían excluidas de la normativa OGM y no estarían etiquetadas, a excepción de las semillas producidas mediante estas técnicas, que sí tendrían que ir etiquetadas. Por otro, las plantas NTG de categoría dos, que serían todas las demás; estarían sometidas a la legislación relativa a OGM y se etiquetarían como tales.
Otro de los elementos principales de dicha propuesta sería la exclusión del uso de NTG en la producción orgánica.
Cambios propuestos por el Consejo de la UE
Desde el Consejo apoyan los principales elementos de la propuesta de la CE, aunque sugieren una serie de cambios en su mandato de negociación, teniendo en cuenta los objetivos ambientales y sanitarios y las preocupaciones sobre las patentes.
Entre los principales cambios acordados por el Consejo se incluyen: la posibilidad de que los Estados miembros establezcan la exclusión voluntaria del cultivo de plantas NTG de categoría 2 en su territorio; medidas de coexistencia opcionales por parte de los Estados miembros para evitar la presencia no intencionada de plantas NTG de categoría 2 en otros productos, así como prevenir la contaminación transfronteriza; la posibilidad por parte de los Estados de adoptar medidas para evitar la presencia indeseada de plantas NTG de categoría 1 en la agricultura ecológica de sus territorios, en particular, en zonas con condiciones geográficas específicas, como regiones insulares.
Respecto a las plantas NTG de categoría 1, el mandato del Consejo establece que, al solicitar el registro de una planta o producto de esta categoría, las empresas o los obtentores deben presentar información sobre todas las patentes existentes o en trámite. Además, la información sobre las patentes debe incluirse en una base de datos pública creada por la Comisión, con el objetivo de garantizar la transparencia.
Por otra parte, el Consejo prevé la creación de un grupo de expertos sobre el efecto de las patentes en las plantas NTG.
Asimismo, un año después de la entrada en vigor del reglamento, la Comisión deberá publicar un estudio sobre el impacto de las patentes en la innovación, la disponibilidad de semillas para los agricultores y la competitividad del sector europeo de la mejora vegetal, además de exponer cómo los obtentores pueden acceder a las plantas patentadas.
En lo relativo al etiquetado, las plantas NTG de categoría 2 deberán incluir una etiqueta que las identifique como tales y el Consejo propone que en ella se contemplen todas las características modificadas relevantes, para garantizar que los consumidores tengan acceso a información precisa y completa.
Por último, el mandato de negociación del Consejo de la UE propone excluir la tolerancia a los herbicidas de entre las características de las plantas NTG de categoría 1.
Valoración de productores agropecuarios y cooperativas
El COPA y la Cogeca, las principales organizaciones que representan los intereses de los agricultores y cooperativas de la UE, acogen con satisfacción el acuerdo alcanzado. Una medida que, aseguran, “podría revitalizar la producción europea de semillas y ofrecer nuevas oportunidades a los agricultores y a las cooperativas, al facilitar el acceso a variedades de cultivos más resistentes a las sequías y las enfermedades, a la vez que mejora los rendimientos y reduce el uso de insumos”.
Aunque subrayan la importancia de que la evaluación de la sostenibilidad permanezca dentro de la legislación relativa a los materiales de reproducción vegetal, garantizando que las nuevas variedades vegetales proporcionen beneficios reales.
Asimismo, toman nota del mandato del Consejo relativo a la publicación de un estudio de la CE sobre patentes. En este sentido, muestran su oposición al uso de patentes sobre variedades vegetales, en tanto que pueden suponer restricciones de acceso a las mismas.
Un paso importante para los obtentores
La valoración es también favorable desde la Asociación Nacional de Obtentores Vegetales (Anove), ya que el acuerdo alcanzado “conserva en gran medida la esencia de la propuesta de la Comisión, para tratar a las plantas y productos de las NTG convencionales de forma similar a la mejora convencional. Ahora es esencial que los colegisladores garanticen un marco regulatorio favorable a la innovación y viable para todas las empresas del sector de las semillas y la agroalimentación”.
La asociación añade que el sector sigue dando prioridad a garantizar la transparencia en materia de derechos de propiedad intelectual y confían en que se produzcan debates constructivos para abordar posibles inquietudes a este respecto.
“Ya son más de 25 países los que facilitan en sus regulaciones la aplicación de las NGTs y se necesita urgentemente en Europa un marco regulatorio propicio para impulsar la actividad del sector obtentor”, concluye Anove.